DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
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EJERCIENTES
1- Una fotografía tamaño carnet.
2- Documento de Identidad (D.N.I., N.I.E, Pasaporte…) Original
3- Certificado del Colegio de procedencia, INCLUYENDO en el certificado la fecha de Jura.
4- Certificado emitido por el Consejo General de la Abogacía (solicitar en el Colegio de procedencia).
5- Certificación o fotocopia de último recibo, a fin de justificar el alta en una Mutualidad alternativa ó RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).
6- Alta en Declaración Censal (Modelo 036), o bien, Certificado de situación Censal expedido por la Agencia Tributaria.
* A fin de facilitarles la tramitación del alta les informamos que podrán hacerlo en:
- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400
- O bien en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900/878830 ó 91/5357326 o en su web.
7- Certificado de titularidad bancaria.
IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate. Estos documentos deberán subirlos a través de la Sede Electrónica.
EJERCIENTES POR CUENTA AJENA
* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6, QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:
- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.
- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.
NO EJERCIENTES
* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6.
- La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.
IMPORTANTE: ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA, ART. 7.3 “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y ART. 14.1 “EL PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA INCORPORADO A CUALQUIER COLEGIO….PODRÁ PRESTAR SUS SERVICOS PROFESIONALS LIBREMENTE EN TODO EL TERRIORIO DEL ESTADO…”.
GASTOS DE INCORPORACIÓN
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CUOTA DE INCORPORACIÓN (Salvo para los que procedan de los Colegios de Lorca y Cartagena, en cuyo caso la cuota será de 180,30 €)
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RECIPROCIDAD (Precio según Colegio de Procedencia) |
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CUOTA COLEGIAL TRIMESTRAL (Acuerdo de Junta General de 20/12/2024)
EJERCIENTE NO EJERCIENTE |
112,00 € 45,60 €
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SERVICIOS COLEGIALES
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90,00 € |
IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE)
Documentos Adjuntos
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Documentos Adjuntos
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