REQUISITOS PARA LA  INCORPORACIÓN EN EL ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE MURCIA DE LICENCIADOS CON NACIONALIDAD DISTINTA A LA UE

PRIMER PASO

DEBE SOLICITARSE AL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA certificado para colegiación a través del e-mail certificaciones@abogacia.es

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO EJERCIENTE:______________165,95 €

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO NO EJERCIENTE: __________  101,58 €

(EL CAMBIO A EJERCIENTE CONLLEVARÁ UN COSTE ADICIONAL DE 71,03 € SÓLO LA PRIMERA VEZ)

ATENCIÓN: “ESTE CERTIFICADO CADUCA A LOS 3 MESES”

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (Excepcional) : TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

DOCUMENTACIÓN QUE HA DE PRESENTAR

EJERCIENTE

1.-        Una fotografía tamaño carnet.

2.-        NIE, Pasaporte o D.N.I. país de origen. (Copia compulsada) y traducción oficial al             castellano. Periodo de validez de tres meses.

3.-        CERTIFICADO DE RESIDENCIA (Comisaría de Policía)

4.-        DISPENSA DE NACIONALIDAD ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA (en su caso).

5.-        A/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho ANTES del 31 de octubre de 2.011, deberá aportar:

            1.-  Original de solicitud de homologación del título ante el Ministerio de Educación , Cultura y Deporte. Y si ya la tuvieran, original de la credencial con la resolución.

            2.- TITULO de licenciado/a o graduado/a en Derecho del país de origen (copia compulsada y traducción oficial al castellano). En el supuesto en el que el Título de Licenciado en derecho no conste la fecha de terminación de la Licenciatura, deberá aportar CERTIFICACIÓN UNIVERSITARIA, donde conste la fecha de terminación de la misma (original y traducción al castellano).

B/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho DESPUÉS del 31 de octubre de 2.011, o es GRADUADO EN DERECHO, deberá aportar, además de los documentos indicados en el punto 5 A/, el TÍTULO DE ABOGADO ó CERTIFICACIÓN acreditativa de haber superado el examen de Estado para el Acceso al ejercicio de la profesión de Abogado.

6.-        Certificados de Antecedentes Penales de España y del país de origen.

(Gerencia del Mº. de Justicia - MURCIA). (El del país de origen, original y traducción oficial al castellano).

7.-        Alta en Declaración Censal –Modelo 037 ó 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarla en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900878830 ó 91/5357326, también en su web.

8.-       Formulario de alta en una Mutualidad ó de lo contrario            deberá presentar             justificante de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

9.-        Certificado de titularidad bancaria.

EJERCIENTE POR CUENTA AJENA    

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS 7 Y 8 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato en el que así se establezca, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTE

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 7 Y 8.

* La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

* El cambio de situación a Colegiado Ejerciente, conllevará el único gasto y solo una vez de un

   nuevo Certificado del Consejo General de la Abogacía previo pago de la tasa de 71,03 €               

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.”

NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACION

EJERCIENTES

 

NO EJERCIENTES

Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

570,00 €.-

- Cuota Colegial Trimestral

   (Acuerdo de Junta General de fecha 19/12/2025)

                 56 €.-   (TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADOS 35 AÑOS DE EDAD, LA CUOTA SERÁ DE 110,00 €)

112,00 €.-

45,60 €.-

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

705,60 €.-

 

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA  A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

 

 

Documentos Adjuntos