PRIMER PASO

DEBE SOLICITARSE AL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA certificado para colegiación a través del e-mail certificaciones@abogacia.es
 

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO EJERCIENTE:_______________165,95 €

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO NO EJERCIENTE: __________  _101,58 €

(EL CAMBIO A EJERCIENTE CONLLEVARÁ UN COSTE ADICIONAL DE 71,03 € SÓLO LA PRIMERA VEZ)

ATENCIÓN: “ESTE CERTIFICADO CADUCA A LOS 3 MESES DE SU EMISIÓN”

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (EXCEPCIONAL) : TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

EJERCIENTE

1.- Una Fotografía tamaño carné. (original o escaneada)

2.- Documento de Identidad  (D.N.I., N.I.E, Pasaporte…) Original.

3.- TÍTULO DE ABOGADO acreditativo de haber superado el exámen de Estado para el Acceso al ejercicio de la profesión. El documento deberá ser original o con Código de Verificación Segura.

4.- Certificado de Antecedentes Penales (Se solicita en Gerencia del Mº.de Justicia). Validez de 3 meses.

5.- Alta en Declaración Censal –Modelo 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarlo en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900878830 ó 91/5357326, también en su web.

6.- Formulario de alta en una Mutualidad ó justificante de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

7.- Certificado de titularidad bancaria.

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

 

EJERCIENTE POR CUENTA AJENA

           

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS 5 Y 6 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

 

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato en el que así se establezca, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTE

         * MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6.

- La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

- El cambio de situación a Colegiado Ejerciente, conllevará el único gasto y solo una vez de un nuevo

  Certificado del Consejo General de la Abogacía previo pago de la tasa de 71,03 €.        

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.”

NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACIÓN

EJERCIENTES

 

NO EJERCIENTES

Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

570,00 €.-

 

- Cuota Colegial Trimestral

(Acuerdo en Junta General de fecha 19/12/2025)

 

                 56 €.-   (TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADOS 35 AÑOS, LA CUOTA SERÁ DE 112,00 €).

 

112,00 €.-

 

45,60 €.-

 

 

 

 

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

705,60 €.-

 

 

 

 

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

 

Documentos Adjuntos