REQUISITOS

¿COMO COLEGIARSE?

A continuación le indicamos los pasos a seguir para gestionar su solicitud de incorporación:

  1. Acceder nuestra nueva Sede Electrónica (GEA): 

    https://gea.icamur.net/
     
  2. Le damos a "Acceder".
  3. Si no tenemos cuenta hacemos clic en "Regístrate":
    Registrate
  4. Una vez registrados usamos el usuario y contraseña para acceder a la Sede Electrónica.
  5. Elegimos Alta colegiado:
    Alta colegiado
  6. Seguimos los pasos para cumplimentar la información y aportar la documentación correspondiente en formato .pdf y .jpg.
  7. Si falta algo de documentación no hay problema, pinche "Guardar", en el paso 3, y se quedará el proceso por donde lo haya dejado y podrá continuar en otro momento.
    Guardar
  8. Una vez tenga aportada toda la documentación obligatoria sólo hay que pulsar "Enviar solicitud" y la solicitud será enviada.

PRIMER PASO

DEBE SOLICITARSE AL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA certificado para colegiación a través del e-mail certificaciones@abogacia.es

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO EJERCIENTE:_______________165,95 €

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO NO EJERCIENTE: __________  _101,58 €

(EL CAMBIO A EJERCIENTE CONLLEVARÁ UN COSTE ADICIONAL DE 71,03 € SÓLO LA PRIMERA VEZ)

ATENCIÓN: “ESTE CERTIFICADO CADUCA A LOS 3 MESES DE SU EMISIÓN”

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (EXCEPCIONAL) : TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

EJERCIENTE

1.- Una Fotografía tamaño carné. (original o escaneada)

2.- Documento de Identidad  (D.N.I., N.I.E, Pasaporte…) Original.

3.- TÍTULO DE ABOGADO acreditativo de haber superado el exámen de Estado para el Acceso al ejercicio de la profesión. El documento deberá ser original o con Código de Verificación Segura.

4.- Certificado de Antecedentes Penales (Se solicita en Gerencia del Mº.de Justicia). Validez de 3 meses.

5.- Alta en Declaración Censal –Modelo 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarlo en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900878830 ó 91/5357326, también en su web.

6.- Formulario de alta en una Mutualidad ó justificante de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

7.- Certificado de titularidad bancaria.

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

 

EJERCIENTE POR CUENTA AJENA

           

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS 5 Y 6 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

 

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato en el que así se establezca, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTE

         * MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6.

- La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

- El cambio de situación a Colegiado Ejerciente, conllevará el único gasto y solo una vez de un nuevo

  Certificado del Consejo General de la Abogacía previo pago de la tasa de 71,03 €.        

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.”

NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACIÓN

EJERCIENTES

 

NO EJERCIENTES

Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

570,00 €.-

 

- Cuota Colegial Trimestral

(Acuerdo en Junta General de fecha 19/12/2025)

 

                 56 €.-   (TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADOS 35 AÑOS, LA CUOTA SERÁ DE 112,00 €).

 

112,00 €.-

 

45,60 €.-

 

 

 

 

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

705,60 €.-

 

 

 

 

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

 

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

ON-LINE: https://gea.icamur.net/

EJERCIENTES

1- Una fotografía tamaño carnet.

2- Documento de Identidad  (D.N.I., N.I.E, Pasaporte…) Original

3- Certificado del Colegio de procedencia, INCLUYENDO en el certificado la fecha de Jura.

4- Certificado emitido por el Consejo General de la Abogacía (solicitar en el Colegio de procedencia).

5- Certificación o fotocopia de último recibo, a fin de justificar el alta en una Mutualidad alternativa ó RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

6- Alta en Declaración Censal (Modelo 036), o bien, Certificado de situación Censal expedido por la Agencia Tributaria.

* A fin de facilitarles la tramitación del alta les informamos que podrán hacerlo en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900/878830 ó 91/5357326 o en su web.

7- Certificado de titularidad bancaria.        

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate. Estos documentos deberán subirlos a través de la Sede Electrónica.

EJERCIENTES POR CUENTA AJENA

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6, QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTES

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 y 6.

- La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

IMPORTANTE: ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA, ART. 7.3 “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y ART. 14.1 “EL PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA INCORPORADO A CUALQUIER COLEGIO….PODRÁ PRESTAR SUS SERVICOS PROFESIONALS LIBREMENTE EN TODO EL TERRIORIO DEL ESTADO…”.

GASTOS DE INCORPORACIÓN

CUOTA DE INCORPORACIÓN

(Salvo para los que procedan de los Colegios de Lorca y Cartagena, en cuyo caso la cuota será de 180,30 €)

 

 

RECIPROCIDAD

(Precio según Colegio de Procedencia)

CUOTA COLEGIAL TRIMESTRAL

 (Acuerdo de Junta General de 20/12/2024)

 

EJERCIENTE

NO EJERCIENTE           

 

          

                 112,00 €

                   45,60 €

 

SERVICIOS COLEGIALES

 

                   90,00 €

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL  FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE)

Documentos Adjuntos

REQUISITOS PARA LA INCORPORACIÓN EN EL

ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE MURCIA

DE LICENCIADOS EXTRANJEROS CON TÍTULO HOMOLOGADO

 

 

 

PRIMER PASO

DEBE SOLICITARSE AL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA certificado para colegiación a través del e-mail certificaciones@abogacia.es

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO EJERCIENTE:______________165,95 €

 

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO NO EJERCIENTE: ___________101,58 €

(EL CAMBIO A EJERCIENTE CONLLEVARÁ UN COSTE ADICIONAL DE 71,03 € SÓLO LA PRIMERA VEZ)

 

ATENCIÓN: “ESTE CERTIFICADO CADUCA A LOS 3 MESES”

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (excepcional): TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

EJERCIENTE

1.-        Una fotografía tamaño carnet.

2.-        NIE, Pasaporte o D.N.I. país de origen. (Copia compulsada) y traducción oficial al  castellano. Periodo de validez de tres meses.

3.-        A/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho ANTES del 31 de octubre de 2011, deberá aportar:

            1.-  Original de solicitud de homologación del título ante el Ministerio de Educación , Cultura y Deporte. Y si ya la tuvieran, original de la credencial con la resolución.

            2.- TITULO de licenciado/a o graduado/a en Derecho del país de origen (copia compulsada y traducción oficial al castellano). En el supuesto en el que el Título de Licenciado en derecho no conste la fecha de terminación de la Licenciatura, deberá aportar CERTIFICACIÓN UNIVERSITARIA, donde conste la fecha de terminación de la misma (original y traducción al castellano).

B/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho DESPUÉS del 31 de octubre de 2011, o es GRADUADO EN DERECHO, deberá aportar, además de los documentos indicados en el punto 3 A/, el TÍTULO DE ABOGADO ó CERTIFICACIÓN acreditativa de haber superado el examen de Estado para el Acceso al ejercicio de la profesión de Abogado.

4.-        Certificados de Antecedentes Penales de España y del país de origen.

(Gerencia del Mº. de Justicia - MURCIA). (El del país de origen, original y traducción oficial al castellano).

5.-        Alta en Declaración Censal –Modelo 037 ó 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarlo en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/200351, 900/878830 ó 91/5357326, también en su web.

6.-       Formulario de alta en una Mutualidad ó de lo contrario deberá presentar

           justificante        de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

7.-        Certificado de titularidad bancaria.

                  EJERCIENTE POR CUENTA AJENA    

            * MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS  5  Y 6 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

            - RESOLUCIÓN DE ALTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL QUE CONSTE PORCENTAJE DE JORNADA DE TRABAJO Y/O VIDA LABORAL.

            - DECLARACIÓN JURADA DEL LETRADO DEL EJERCICIO PROFESIONAL, EN FORMA EXCLUSIVA POR CUENTA AJENA, según modelo propio o facilitado por éste Colegio.

          NO EJERCIENTE

         * MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 5 Y 6

* La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

* El cambio de situación a Colegiado Ejerciente, conllevará el único gasto y solo una vez de un

   nuevo Certificado del Consejo General de la Abogacía previo pago de la tasa de 71,03 €               

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.” NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACION

EJERCIENTES

 

NO EJERCIENTES

Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

570,00 €.-

- Cuota Colegial Trimestral

   (Acuerdo de Junta General de 20/12/2024)

                  56€.-(TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADOS LOS 35 AÑOS, LA CUOTA SERÁ DE 110,00 €)

112,00 €.-

45,60 €.-

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

705,60 €.-

           IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

 

PDF icon LEY DE ACCESO. TÍTULOS EXTRANJEROS HOMOLOGADOS. Esquema de Aplicación. Cuadro Explicativo

 

El 31 de Octubre de 2011 entró en vigor la Ley de Acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales –Ley 34/2006, de 30 de Octubre- que tiene por objeto mejorar la capacitación de abogados y profesionales, y regular su acceso a la profesión. Por Real Decreto 775/2011, de 3 de Junio, se aprobó el Reglamento que la desarrolla.

La Ley previene un régimen transitorio, que está planteando varias cuestiones en su interpretación. Por ello, os facilitamos el informe que nos hace llegar el Consejo General de la Abogacía con las preguntas y respuestas más frecuentes al respecto.

Documentación Complementaria

INFORME DISP. 3ª LEY ACCESO.pdf

INFORME SOBRE EL ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY 34/2006

 

                                                                                     

REQUISITOS PARA LA  INSCRIPCIÓN EN EL ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE MURCIA

DE LETRADOS PROCEDENTES DE OTROS PAISES DE LA U.E.

(Directiva Europea 98/5/CEE, de 16 de febrero)

 PRIMER PASO

SOLICITUD DE CERTIFICADO DEL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA (SIN COSTE) A través del e-mail certificaciones@abogacia.es

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (Excepcional): TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

 

DOCUMENTACIÓN A APORTAR

EJERCIENTE

 

1.-        Una fotografía tamaño carnet.

2.-        NIE, Pasaporte o D.N.I. país de origen. (Copia compulsada) y traducción oficial al castellano. Periodo de validez de tres meses.

3.-        a).- TITULO de licenciado/a o graduado/a en Derecho del país de origen (copia compulsada y traducción oficial al castellano)

b).- En caso de no disponer del Título, tiene que presentar  CERTIFICACION ACADEMICA PERSONAL de haber cursado los estudios de Licenciado/a o graduado/a en Derecho (original) y traducción oficial al castellano.

4.-        Certificación de inscripción ante la Autoridad profesional compatente del Estado miembro de origen, acreditativa de ser el interesado un profesional de la abogacía en los términos del art. 2 del Real Decreto 936/2001 y expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de su presentación, con inclusión de la correspondiente información disciplinaria. (Originales y traducción oficial al castellano).

5.-        Certificados de Antecedentes Penales de España y del país de origen.

(Gerencia del Mº. de Justicia - MURCIA). (El del país de origen, original y traducción oficial al castellano).

6.-        Alta en Declaración Censal –Modelo 037 ó 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarla en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400.

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900/878830 ó 91/5357326.

7.-     Formulario de alta en una Mutualidad (facilitado por el Colegio) ó de lo contrario  deberá presentar justificante de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de  Trabajadores Autónomos). Si lo tiene concertado en su Estado de origen, aportará         certificación que acredite tener cuberta su previsión social profesional con nivel   equiparable al de los Abogados Españoles. (original y traducción oficial al castellano)

8.-        Debido al régimen especial aplicable conforme al Art. 13 del Real Decreto 936/2001 de 3 de Agosto, entre otras circunstancias, carece de cobertura en la correspondiente póliza de responsabilidad civil profesional suscrita por éste Colegio, por lo que deberá suscribirla a título particular o, si lo tuviese concertado en su Estado de origen deberá presentar certificación que acredite alcance territorial y cuantitativo de la cobertura. (Original y traducción oficial al castellano)

9.-        Certificado de titularidad bancaria.                           

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos se subirán a través de la Sede Electrónica.

EJERCIENTE POR CUENTA AJENA    

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS 6 Y 7 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato en el que así se establezca, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.”

NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACIÓN

EJERCIENTES
Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

 

 

 

- Cuota Colegial Trimestral

   (Acuerdo de Junta General de 19/12/2025)

 56 €.-

(TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADA LA EDAD DE 35 AÑOS, LA CUOTA SERÁ DE 110,00 €)

 112,00 €.-

 

 

 

 

 

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

 
           

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA

TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

 

REQUISITOS PARA LA  INCORPORACIÓN EN EL ILUSTRE COLEGIO DE LA ABOGACÍA DE MURCIA DE LICENCIADOS CON NACIONALIDAD DISTINTA A LA UE

PRIMER PASO

DEBE SOLICITARSE AL CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA certificado para colegiación a través del e-mail certificaciones@abogacia.es

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO EJERCIENTE:______________165,95 €

INCORPORACIÓN COMO COLEGIADO NO EJERCIENTE: __________  101,58 €

(EL CAMBIO A EJERCIENTE CONLLEVARÁ UN COSTE ADICIONAL DE 71,03 € SÓLO LA PRIMERA VEZ)

ATENCIÓN: “ESTE CERTIFICADO CADUCA A LOS 3 MESES”

SEGUNDO PASO

ON LINE: https://gea.icamur.net/

PRESENCIAL (Excepcional) : TRAS APORTACIÓN DEL ANTERIOR CERTIFICADO, SE RELLENARÁ UNA SOLICITUD DE INCORPORACIÓN, ADJUNTANDO LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA. EN CASO DE QUE ÉSTA FUESE INCOMPLETA SE LE REQUERIRÁ POR PLAZO DE 10 DÍAS PARA COMPLETARLA.

DOCUMENTACIÓN QUE HA DE PRESENTAR

EJERCIENTE

1.-        Una fotografía tamaño carnet.

2.-        NIE, Pasaporte o D.N.I. país de origen. (Copia compulsada) y traducción oficial al             castellano. Periodo de validez de tres meses.

3.-        CERTIFICADO DE RESIDENCIA (Comisaría de Policía)

4.-        DISPENSA DE NACIONALIDAD ANTE EL MINISTERIO DE JUSTICIA (en su caso).

5.-        A/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho ANTES del 31 de octubre de 2.011, deberá aportar:

            1.-  Original de solicitud de homologación del título ante el Ministerio de Educación , Cultura y Deporte. Y si ya la tuvieran, original de la credencial con la resolución.

            2.- TITULO de licenciado/a o graduado/a en Derecho del país de origen (copia compulsada y traducción oficial al castellano). En el supuesto en el que el Título de Licenciado en derecho no conste la fecha de terminación de la Licenciatura, deberá aportar CERTIFICACIÓN UNIVERSITARIA, donde conste la fecha de terminación de la misma (original y traducción al castellano).

B/ Si inició los trámites para la obtención de la homologación de su título extranjero al de Licenciado en Derecho DESPUÉS del 31 de octubre de 2.011, o es GRADUADO EN DERECHO, deberá aportar, además de los documentos indicados en el punto 5 A/, el TÍTULO DE ABOGADO ó CERTIFICACIÓN acreditativa de haber superado el examen de Estado para el Acceso al ejercicio de la profesión de Abogado.

6.-        Certificados de Antecedentes Penales de España y del país de origen.

(Gerencia del Mº. de Justicia - MURCIA). (El del país de origen, original y traducción oficial al castellano).

7.-        Alta en Declaración Censal –Modelo 037 ó 036-. A fin de facilitarles su tramitación les informamos que podrán solicitarla en:

- La Cámara de Comercio, con cita previa en el Telf. 968/229400

- O bien, en la AEAT, con cita previa a los Tlfs. 901/121224, 900878830 ó 91/5357326, también en su web.

8.-       Formulario de alta en una Mutualidad ó de lo contrario            deberá presentar             justificante de afiliación al R.E.T.A. (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos).

9.-        Certificado de titularidad bancaria.

EJERCIENTE POR CUENTA AJENA    

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACIÓN EJERCIENTE A EXCEPCION DE LOS PUNTOS 7 Y 8 QUE SERÁN SUSTITUIDOS POR:

- Certificación de la empresa o contrato laboral que acredite que el colegiado estará contratado como Abogado, haciendo constar el número de afiliación al Régimen General de la Seguridad Social.

- En caso de exclusividad, se hará constar mediante el Certificado emitido por la empresa o contrato en el que así se establezca, o bien, cumplimentando un formulario declarando dicha exclusividad facilitado por éste Colegio.

NO EJERCIENTE

* MISMOS REQUISITOS DE COLEGIACION EJERCIENTE A EXCEPCIÓN DE LOS PUNTOS 7 Y 8.

* La cuota trimestral será siempre de 45,60 €.

* El cambio de situación a Colegiado Ejerciente, conllevará el único gasto y solo una vez de un

   nuevo Certificado del Consejo General de la Abogacía previo pago de la tasa de 71,03 €               

IMPORTANTE: EL ESTATUTO GRAL. DE LA ABOGACÍA EN SU ART. 7.3 DICE QUE, “ÚNICAMENTE SE PODRÁ ESTAR INCORPORADO COMO RESIDENTE A UN SOLO COLEGIO…”, Y EL ART. 7.1 “…LA COLEGIACIÓN COMO EJERCIENTE HABILITA PARA EJERCER EN TODO EL TERRITORIO DEL ESTADO.”

NOTA:  EN LA REGIÓN DE MURCIA SE ENCUENTRAN LOS COLEGIOS DE LA ABOGACÍA DE MURCIA, LORCA Y CARTAGENA.

 

GASTOS DE INCORPORACION

EJERCIENTES

 

NO EJERCIENTES

Menores

de 35 años

Mayores

de 35 años

 

- Cuota de incorporación

 

570,00 €.-

 

570,00 €.-

 

 

570,00 €.-

- Cuota Colegial Trimestral

   (Acuerdo de Junta General de fecha 19/12/2025)

                 56 €.-   (TRAS LOS DOS PRIMEROS AÑOS Ó UNA VEZ SUPERADOS 35 AÑOS DE EDAD, LA CUOTA SERÁ DE 110,00 €)

112,00 €.-

45,60 €.-

- Servicios colegiales

90,00 €.-

90,00 €.-

90,00 €.-

 

 

 

 

TOTAL a pagar

716,00 €.-

772,00 €.-

705,60 €.-

 

IMPORTANTE: EL ABONO DE LOS GASTOS DE INCORPORACIÓN SE REALIZARÁ AL FORMALIZAR LA COLEGIACIÓN MEDIANTE PAGO CON TARJETA  A TRAVÉS DE LA PASARELA DE PAGO EN LA TRAMITACIÓN ON-LINE (APORTAR JUSTIFICANTE).

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

IMPORTANTE: Los documentos que se vayan a aportar en formato electrónico deberán ser los PDF originales, con firma digital, descargados u obtenidos directamente de la administración o institución de que se trate.  Estos documentos deberán subirlos a través de la sede electrónica.

 

 

Documentos Adjuntos