PRÁCTICAS EXTERNAS 2016-17 MASTER UNIVERSITARIO DE ACCESO A LA PROFESIÓN DE ABOGADO UMU-ICAMUR

Como viene siendo habitual estos últimos años, nuestro Colegio viene colaborando, en ejercicio de las funciones atribuidas por la Ley 34/2006, de 20 de octubre, de acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales (BOE núm. 260, de 31 de octubre) y del Real Decreto 775/20, de 3 de junio, con la UMU en la organización de las “PRACTICAS EXTERNAS” que integran dicho Master y, en este sentido, queremos destacar  la elevada participación de los Abogados de esta Corporación en este programa de prácticas y, sobre todo, queremos agradeceros nuevamente que hayáis abierto las puertas de sus despachos para transmitir el día a día del ejercicio de la profesión a quienes pretenden incorporarse a ella.

    Siguiendo este curso con la organización de las prácticas externas, os invitamos a que os incorporéis o sigáis poniendo a disposición de los alumnos del Master vuestros conocimientos, empeño y esfuerzo, para transmitir una formación práctica de calidad a quienes pretenden ejercer la abogacía. Si reunís los requisitos exigidos legalmente (entre ellos, ser Abogado ejerciente colegiado en ICAMUR con más de cinco años de ejercicio profesional, no incursos en responsabilidad disciplinaria…), podéis remitirnos vuestra solicitud a través del modelo que se adjunta y debidamente firmado, antes del día 5 mayo de 2017.

    Asimismo, si alguno o algunos de los alumnos matriculados en el Master en Abogacía de la UMU a quienes les corresponde realizar las prácticas externas en este curso académico,  ya están realizando prácticas o colaborando con vosotros y tenéis interés en que las prácticas externas las realicen bajo vuestra tutoría, os rogamos que así nos lo hagáis saber, indicando el nombre del alumno o alumnos y el tiempo que lleva colaborando o realizando las prácticas con vosotros (existe una casilla o cuadro en la solicitud adjunta donde habréis de especificarlo). Aquéllos alumnos del Máster que no se encuentren realizando prácticas o colaborando con un Abogado no podrán elegir el Abogado Tutor ni éste al alumno.

    Para que dispongáis de toda la información os indicamos que el período de realización de prácticas se extiende, un primer período, del 7 al 30 de Junio de 2017 y, el segundo período del 1 de Septiembre al 3 de Noviembre de 2017.

    Insistimos en que el formulario adjunto cumplimentado y firmado (es imprescindible la firma como condición para la admisión de la solicitud) nos lo debéis remitir antes del día 5 de Mayo de 2017, al correo electrónico masterumu@icamur.org indicando en el “asunto”: Prácticas externas 2016-17 UMU. Si la solicitud se remite con posterioridad a esta fecha, no podrá ser tenida en cuenta pues precisamos organizar con la debida antelación y orden tales solicitudes, realizar las designaciones y preparar la documentación necesaria al efecto.

    También es importante que tengáis en cuenta que para ser tutor de estas prácticas debéis remitir vuestra solicitud (a través del modelo adjunto), aunque hayáis participado otros años y remitido anteriormente la información, pues la designación como tutores es independiente y autónoma para cada curso académico. Por tanto, si no cursáis nueva solicitud no podréis entrar en el proceso de selección de tutores este curso.  

    Tan pronto como concluya el proceso de asignación de Abogados tutores-Alumnos, os remitiremos el protocolo de prácticas y la documentación necesaria para que puedan llevarse a efecto.

    Asimismo debemos insistir en que los Letrados que pueden acceder a este programa de tutoría de prácticas externas pueden tener su domicilio no sólo en Murcia Capital sino en cualquier otro  lugar dentro del ámbito territorial de nuestro colegio siempre que se trate de colegiados ejercientes de ICAMUR, pues son muchos los alumnos que residen en los distintos pueblos de nuestra región y que están interesados en realizar las prácticas con abogados que tienen su domicilio profesional en el lugar en que el alumno tiene su residencia, tan sólo se exige que el Abogado, además de cumplir los requisitos generales para ser tutor sea colegiado ejerciente de ICAMUR y tenga su domicilio o despacho profesional dentro de la demarcación territorial de ICAMUR.