La colaboración se refiere a los siguientes aspectos:
a. Promover proyectos y líneas de investigación en las materias que puedan resultar de común interés para ambas Instituciones.
b. Colaboración profesional en el diseño y realización de proyectos de ia Universidad en los que pueda ser adecuada la participación del
Ilustre Colegio de Abogados de Murcia.
c. Permitir un contacto directo entre los afiliados al Colegio y los investigadores de la Universidad, que haga posible ia colaboración
en el estudio de las ciencias jurídicas, con el fin de contribuir a la defensa de la abogacía y los derechos de los ciudadanos.
d. Colaborar en la organización y promoción de actividades y servicios de interés para los colegiados, de carácter profesional, formativo,
cultural, asistencia!, de previsión y otros análogos.
e. Facilitar que la Universidad conozca a los colegiados, en los campos que abarca el ilustre Colegio de Abogados de Murcia, que
puedan prestar un servicio a ía misma.
f. Intercambio de personal entre ambas Instituciones, por períodos de tiempo definidos, para la ejecución de programas-proyectos de
investigación y de formación.
g. Asesoramiento mutuo en cuestiones relacionadas con las actividades desarrolladas por ambas entidades.
h. Intercambio de documentación e información.
i. Utilización conjunta de equipos y medios instrumentales, coordinando, sí fuera necesario, su adquisición.
j. Cooperación en programas de formación de ios profesionales de las Entidades firmantes.
k. Cooperación en el desarrollo de actividades necesarias para facilitar el acceso al ejercicio profesional de los nuevos colegiados.
l. Organización y ejecución de actividades comunes en el área deformación.
En general, cualquier tema que pueda resultar de común beneficio para ambas Instituciones.
