¿Qué es la Oficina Virtual ICAMUR (OVI)?

La OVI es la plataforma que permite a colegiados y ciudadanos la realización de todo tipo de trámites de forma telemática con ICAMUR.

 

¿Cuáles son los trámites que puedo realizar desde la OVI?

Podrás realizar todos los trámites relacionados con los siguientes departamentos del ICAMUR:

 

  • Servicio de Orientación Jurídica (SOJ): permutas de guardias, renuncias, consulta de expediente, solicitud de procurador, excusas y renuncias, altas, bajas y reincorporaciones en turnos de oficio y partidos judiciales, etc.

 

  • Trámites generales: registro de entrada, consulta general, expedientes de incorporaciones, deontología, contabilidad, presentación de quejas a la CRAJ (Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia).

 

  • Solicitud de cita previa: para garantizar la mejor atención presencial, sin esperas y disfunciones innecesarias, se recomienda solicitar cita previa a través de este sistema, en el que podrás elegir el día que te interesa acudir al Colegio y las franjas horarias disponibles en el departamento en cuestión. Además, a través de esta plataforma también podrás realizar la reserva de instalaciones/despachos del Colegio.

 

  • Cursos de formación: para realizar la inscripción y pago online de todos aquellos cursos disponibles en el Centro de Estudios ICAMUR.

 

  • Verificación de documentos: para comprobar la validez de los documentos emitidos por la OVI, solo tienes que introducir el código de referencia que aparece al final del PDF que recibirás por correo electrónico al finalizar cualquier trámite.

 

¿Cómo puedo acceder?

Para entrar a la OVI se necesita tarjeta ACA y lector, dado que el acceso se realiza a través del portal de identificación de la Abogacía.

 

Las vías de acceso son dos: o bien introduciendo en el navegador https://sede.icamur.org, o bien desde la pestaña habilitada al efecto en la web: www.icamur.org

 

¿Qué navegador debo utilizar?

Para una mejor usabilidad, se recomiendan los navegadores Chrome o Edge.

 

¿Sólo se puede entrar a la OVI desde el pc?

No, también es posible entrar desde dispositivos móviles, con sistema de usuario (NIF) y contraseña, que habrá de ser previamente solicitada a Abogacía. Una vez introducido y guardado en tu dispositivo móvil el usuario y contraseña, podrás acceder sin problemas a todos los trámites desde tu teléfono móvil.

 

Estoy intentando acceder a la OVI pero me da error la página.

Es muy probable que necesites borrar los datos de la memoria caché/historial.

Para ello, solo tienes que seguir los pasos indicados en el manual de uso de la OVI, páginas 4 a 8.

 

 

¿Cómo puedo acreditar la realización de un trámite a través de la OVI?

Cualquier consulta o trámite realizado a través de la Oficina Virtual generará una respuesta automática mediante un reporte o justificante (que contendrá un código de referencia único para para cada trámite) y que se remitirá al correo electrónico del usuario, de forma que permita acreditar la validez del trámite realizado.

 

¿En qué consiste el tablón de permutas?

Se trata de una plataforma específicamente diseñada para facilitar el intercambio de guardias entre compañeros mediante un sistema de anuncios de guardias.

 

¿Cómo puedo permutar una guardia a través del tablón de permutas?

Hay dos opciones:

 

OPCIÓN A) Publicar un anuncio y esperar a recibir ofertas de permuta de otros letrados. Para ello, elegiremos la guardia que queremos permutar y pulsaremos “solicitar permuta”. Desde ese momento, la permuta solicitada aparecerá en la tabla de “mis permutas”. Para ver las ofertas recibidas por los compañeros tenemos que pulsar el botón de la izquierda de cada anuncio. En caso de estar interesados en aceptar alguna de las guardias ofertadas, pulsaremos el botón “permutar”. En ese momento, ambos letrados recibirán un email de confirmación de la permuta realizada.

 

OPCIÓN B) Ofertar mis guardias en los anuncios publicados por otros letrados. Para ello, tenemos que dirigirnos al “Tablón de permutas solicitadas por otros letrados”, donde podemos ver lo anuncios de permuta solicitados por otros letrados. Si estamos interesados en ofertar una permuta, pulsaremos el botón “solicitar permuta”, tras lo cual aparecerá un cuadro con nuestras guardias disponibles y compatibles con la solicitada por el compañero. Para finalizar el proceso, pulsaremos “solicitar” y habremos de esperar a que el letrado solicitante acepte nuestra oferta, en cuyo caso se remitirá un email de confirmación a ambos.

 

¿Puedo renunciar automáticamente una guardia publicada en el tablón de permutas para el caso de que no se logre permutar?

 

Efectivamente. En la tabla de “mis permutas” solicitadas tenemos la opción de marcar el botón de renuncia para que, cuando falten menos de cinco días hábiles para el inicio de la guardia y esta no se haya permutado, se genere automáticamente un trámite de renuncia. En este caso, se remitirá un email confirmando la renuncia.

 

¿Qué sucede si no activo el botón de renuncia del tablón de permutas?

En ese caso, cuando falten menos de cinco días hábiles para el inicio de la guardia y esta no se haya permutado, se entenderá que el letrado titular realizará la guardia, salvo que renuncie expresamente con una antelación de tres días, a través del trámite específico de “comunicación de renuncia de guardia”.

 

¿Puedo renunciar las guardias de suplente?

No. De acuerdo con el artículo 34 de nuestras Normas del Turno de Oficio, la asignación de guardias de suplente no contempla la renuncia, sólo la permuta entre sustitutos.

 

¿Puedo seguir comunicando las permutas como hasta ahora, previo acuerdo con un compañero, sin necesidad de publicarlas en el tablón de permutas?

 

Claro que sí, siempre que se haga a través de la OVI. En ese caso debes acceder al trámite de comunicación de permuta de guardia, rellenar tu datos (letrado permutante), introducir el número de colegiado del letrado permutado y elegir la guardia que nos interese permutar (siempre que ambas sean compatibles). El letrado permutado recibirá un correo electrónico de confirmación, donde podrá decidir si acepta o no la permuta solicitada.

 

 

¿Puedo permutar guardias incompatibles entre sí?

No. Las permutas sólo podrán realizarse con letrados cuyas guardias sean de la misma especialidad y partido judicial.

Además, el sistema controla que no podamos tener guardias con menos de tres días de separación entre una y otra, por lo que, si intentamos permutar una guardia que no cumpla ese requisito, nos devolverá error.

 

¿Puedo realizar una permuta fuera de plazo?

No. En sistema no permite la realización/comunicación de la permuta fuera del plazo previsto en el artículo 40 de las Normas del Turno de Oficio del ICAMUR (cinco días hábiles antes del inicio de la guardia).

 

¿Puedo realizar una renuncia fuera de plazo?

No. En sistema no permite la comunicación de la renuncia fuera del plazo previsto en el artículo 39 de las Normas del Turno de Oficio del ICAMUR (tres días hábiles antes del inicio de la guardia).

 

¿Las justificaciones de los asuntos del Turno de Oficio se realizan también a través de la Oficina Virtual?

 

No. Las justificaciones telemáticas de actuaciones profesionales derivadas del Turno de Oficio se han de realizar a través del programa SIGA, como hasta ahora.

 

¿Puedo seguir realizando trámites a través de los formularios online de la página web?

 

No. A partir del lanzamiento de la nueva web y la puesta en funcionamiento de la OVI, todos los trámites telemáticos con el Colegio se realizarán a través de esta.

 

¿Dónde puedo ampliar la información sobre el funcionamiento de la OVI?

 

Tienes a tu disposición toda la información detallada en el Manual de uso de la Oficina Virtual ICAMUR, que puedes descargar más abajo.

 

Asimismo, estaremos encantados de resolver tus dudas o a que nos comuniques cualquier incidencia en el Departamento de Informática del Colegio, al que puedes dirigirte a través de email: informatica@icamur.org

 

Documentos Adjuntos